La utilidad de las rotondas va mas allá de las intersecciones convencionales, ya que la configuración geométrica de las primeras permite que se distribuya una mayor cantidad de vehículos hacia un mayor número de direcciones y en un mismo período de tiempo. Además, reduce el número de puntos potenciales de colisión entre vehículos. También, permite limitar la velocidad de circulación, y con ello, la gravedad de los posibles accidentes.
No obstante, para conseguir estos beneficios, es necesario saber aplicar correctamente las reglas del juego marcadas en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aunque no queda clara la manera definitiva de cómo circular por ellas o abandonarlas ni dónde situarse, en función de la maniobra que se pretenda realizar.
La primera regla a tener en cuenta es la del artículo 21, apartado 2.c) de la Ley de Seguridad Vial, donde se indica que, en las glorietas, los que se hallen dentro de la vía circular tendrán preferencia sobre los que pretendan ingresar a ella.
La segunda regla viene descrita en el artículo 17 de la Ley de Seguridad Vial. Allí se indica, que se circulará por la parte de la calzada que queda a la derecha de los mismos.
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La tercera regla del juego es la que más conflictos suele ocasionar, ya que no aclara tanto como las dos anteriores. El artículo 14 de la citada Ley hace referencia a la utilización de carriles en vías, dentro de poblado, con varios carriles para un mismo sentido. Se indica que se podrá utilizar "el que mejor convenga" a su destino, pero no deberá abandonarse más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, etc. Como es ampliamente conocido, este artículo indica que, de manera general, aún cuando existan varios carriles, se deberá circular por el de la derecha, salvo para realizar ciertas maniobras.
Esta claro que desde que existen las rotondas colocadas en los puntos peligrosos como cruces o giros a izquierda, las siniestralidad a disminuido bastante, y que los siniestros son muchísimo menos aparatosos y lo mas importante es que el 96 % de estos siniestros, ya no producen victimas.
Para tener las cosas mas claras y saber más recomiendo un vistazo a:
- Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (RDL 339/1990)
- Reglamento General de Circulación (RD13/1992)
- Legislación sobre Tráfico, Circulación y Seguridad Vial.
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