La póliza de seguro del Hogar contratada a través de la entidad bancaria, habitualmente no le corresponde a la propia entidad como aseguradora de la misma, sino que lo está con una compañía de seguros, sirviendo el banco exclusivamente de mediador.
Por ley no es preciso disponer de la Carta Verde para cruzar fronteras en la Unión Europea. Esto es así puesto que cada país de la Unión Europea cumple con lo establecido en la I Directiva: cada póliza de seguro de automóvil emitida en la UE garantiza la cobertura mínima de seguro requerida por ley en otro estado miembro.